Domum Sindicato Social - Código ético

Código ético

Código ético

Compromiso con la ética de Domum sindicato social

A quien se dirige el Presente Código Ético

El presente Código Ético de Domum sindicato social (DSS) tiene como finalidad servir de orientación de una asunción de comportamientos y valores solidarios y democráticos a las personas que integran este sindicato y que de una u otra manera representan sus siglas y sus principios estatutarios.

Se dirige no solo a sus Cargos orgánicos, sino también aquellas personas colaboradoras y las que integrando las candidaturas que se presentan en las empresas, desempeñando tareas que identifiquen y representan igualmente de algún modo a Domum sindicato social.

Un compromiso de solidaridad y valores democráticos

Se busca la finalidad de que las personas a quien se dirige este Código, integrantes del Sindicato se rijan por un comportamiento de respeto, evitando cualquier tipo de discriminación, ya sea ésta por razón de sexo, ideología, raza, religión, condición social, estado de salud, condición física o cualquiera otra que sea un menoscabo de la dignidad humana. Y que se tenga una actitud de promoción y defensa de la dignidad de las personas y de sus derechos fundamentales, evitando incurrir en palabras, gestos, comportamientos o actitudes que supongan una falta de respeto a la integridad física o psicológica hacia las personas.

Los criterios que deben ser contemplados son los siguientes

  • Mantener una apuesta por el diálogo y la negociación como valores principales en la resolución de los conflictos, por lo que ante la discrepancia de opiniones se ha de actuar de forma respetuosa con los derechos a la imagen, al honor y a la libertad de expresión de las personas trabajadoras, del empresario y los representantes políticos.
  • Trabajar por una eficaz protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras, siendo este un objetivo fundamental en los comportamientos y estrategias en la representación sindical y social y actuando siempre de una forma prioritaria en la defensa de la salud física y mental sobre cualquier otra materia o consideración socio laboral en sus actuaciones.
  • No deben ser realizadas acciones por las se pueda comprometer la autonomía de las acciones de las personas que representan a DSS o del mismo Sindicato, y por ello no se aceptará, ni directa ni indirectamente, retribuciones económicas, en especie, honorarios, compensaciones o favores injustificados o que honestamente no correspondan y comprometan la autonomía del Sindicato.
  • Los representantes de los trabajadores de DSS, en sus centros de trabajo, deben actuar con integridad en cuantas promociones, ascensos o cualquier otra circunstancia o conflicto en el que tenga que concurrir con otras personas trabajadoras en la defensa de sus intereses profesionales o personales durante el tiempo que ostente un cargo orgánico o de colaboración de representación.
  • Respecto de la representación que se ostenta, la complejidad de las cuestiones que afectan al conjunto de trabajadores, y al conocimiento de la actividad empresarial, en la asistencia y asesoramiento de las personas trabajadoras en sus problemas laborales, sean individuales o colectivos, hace necesario que el esfuerzo sea de todos para mejorar la respuesta social y laboral de DSS a las personas trabajadoras. En este marco se deben desenvolver los representantes de DSS. Ya que, de sus respuestas, las que afectan a los intereses de las personas trabajadoras depende la imagen y el prestigio del propio Sindicato.
  • Las personas representantes de DSS han de realizar de buena fe sus funciones representativas, velando permanentemente no solo por los intereses de las personas afiliadas, sino también de las personas no afiliadas.
  • Debe hacerse un uso correcto y de buena fe del crédito de horas sindicales, puesto que esta es una herramienta de acción sindical que tiene por finalidad que se desempeñe de forma eficaz sus funciones de representación en beneficio de los trabajadores.
  • No deben realizarse comportamientos que puedan ser percibidos como abusivos en la utilización del crédito horario. La utilización incorrecta del crédito de horas sindicales, por ser un bien colectivo y no personal del representante de los trabajadores perjudicaría la imagen del sindicato si no se hace un uso adecuado de ellas.
  • Las personas que ostenten responsabilidades dentro de DSS deben tener como uno de sus objetivos, dar a conocer el sindicato en su empresa, promoviendo acciones informativas de su gestión sindical y social. Ello es importante para el conocimiento de las personas de la defensa sindical y social que pueden tener a través de DSS.
  • En los conflictos laborales de las personas trabajadoras, ya sea en la empresa como fuera de ella, se busca el apoyo a las personas trabajadoras cuando se presentes conflictos, o mermas de sus condiciones sociales y laborales y el acompañamiento en la empresa, orientándole de los servicios sindicales, sociales y de servicios jurídicos que para su ayuda y defensa, DSS pone a su disposición.
  • Ha de mantenerse siempre una relación respetuosa con el empresario o empresaria, cordial y siempre ponderada en su manifestación externa cuando represente a DSS.
  • Cuando se actúe en representación de DSS en las empresas, ha de exponerse siempre estrategias de participación buscando un clima de confianza y de reglas de honestidad recíprocas en las empresas.
  • Debe hacerse por quienes representen a DSS un uso legítimo de la información a que se tiene acceso por razón del cargo, ya sea del sindicato o en la empresa en que ejerce su representación, respetando las cautelas establecidas por la legislación.
  • Debe evitarse por aquellas personas que representen a DSS manifestaciones que den pie a rumores por su efecto perverso para las personas afectadas. Comportamientos de tal naturaleza se procurará ser corregidos.
  • Se ejercerá siempre el derecho a discrepar y se ejercerá la crítica mediante la libre expresión oral o escrita de una forma leal y responsable y con finalidad constructiva, respetando la dignidad de las personas, y respetando los acuerdos adoptados democráticamente. Este es un derecho de todas las personas que defiende el Sindicato DSS y que debe promover y defender como uno de los principales activos del Sindicato.
  • Las personas que representan a DSS no deben compatibilizar las situaciones de permiso sindical o institucional o de liberación con permisos sindicales con una actividad económica por cuenta propia o ajena, siendo esto éticamente incompatible con su condición de representante de los trabajadores.
  • Domum Sindicato Social, se obliga a mantener en sus medios de difusión para que sea conocido por todas las personas integrantes del Sindicato el presente código ético y puedan colaborar de forma responsable en su implantación hasta el punto de que se instale en el comportamiento sindical y personal, pues sus contenidos se acomodan a un modelo de máxima determinación en el cumplimiento de los principios y valores esenciales de una sociedad democrática.

Revisión del Código Ético de Domum Sindicato Social 

El presente código será revisado cuando asi lo decidan los órganos de decisión del Sindicato actualizándose, modificándose, proponiendo formas de participación para su actualización o modificaciones al conjunto de las personas afiliadas.