Domum Sindicato Social - Hazte representante sindical

Hazte representante sindical

Hazte representante sindical

Candidato Sindical

Tu puedes ser un candidato o candidata para representar a tus compañeros/as de trabajo con Domum sindicato social.

Sin en tu empresa no tienes representantes de los trabajadores, tu puedes ser una Candidata o un Candidato, para representar legalmente a tus compañeras/os de trabajo.

Con Domum Sindicato Social tendrás todo el asesoramiento legal, jurídico que necesitas para asesorar tus compañeros/as de trabajo y para negociar acuerdos con tu empresa.

Podras asesorar y ayudar a tus compañeras/os de trabajo

Domum sindicato social, te ayudara a adquirir conocimientos para asesorar a tus compañeros de trabajo sobre todos aquellos asuntos que van surgiendo de una relación laboral como poder ser:

  • Dudas en sus contratos de trabajo y/o sus cláusulas.
  • Ayuda para entender sus nóminas
  • Entender cómo se les paga las Pagas Extraordinarias.
  • Ayudarles en la comprensión del pago de sus bajas laborales.
  • Comprobar que sus jornadas de trabajo so las que dice el convenio
  • Informarles de sus permisos, aquellos en que puede ausentarse del trabajo sin perder salario
  • Como puede pedir unas reducciones de jornada por cuidado de hijos pequeños.
  • Que derechos tiene en las excedencias, ya sean personales, o para cuidar a familiares.
  • Como se ha de actuar si la empresa impone una sanción laboral.

En definitiva, de todos aquellos temas que surgen en el día de la relación laboral entre una empresa y las personas trabajadoras, que como todos sabemos, no son pocos.

¿Qué derechos tendrias como delegado/a de domum sindicato social?

Cuando un trabajador o trabajadora se presenta para ser representante sindical, la ley le otorga una serie de derechos a la información de la empresa con la finalidad de que pueda representar con conocimiento de todos los problemas a sus compañeras/os de trabajo. Por ello tendrías:

  • Protección frente a los despidos.
  • Protección frente a los ERE.
  • Permisos sindicales para cumplir con tu representación sindical.
  • Un derecho a negociar los ERE, los ERTE, y cualquier otra circunstancia sobre el empleo.
  • Derecho de vigilancia sobre el cumplimiento de la ley.
  • Derecho a la información, sobre, contratos, estadísticas de absentismo, entre otros.
  • Derecho a pedir los balances económicos de la empresa.
  • Derecho a participación y opinión, sobre estructuración de la plantilla, organización del trabajo, elaboración del calendario, evaluación de los puestos de trabajo, entre otros.
  • Derecho a la negociación colectiva.
  • Derecho a instar conflictos colectivos, con capacidad de convocar huelga por acuerdo entre los trabajadores.

Siempre tendrás la ayuda, técnica y legal de Domum Sindicato Social.

Ser representante sindical en la empresa es necesario porque:

  • Se negocia con los empresarios los salarios y condiciones de trabajo.
  • Se comprueba el cumplimiento del convenio colectivo.
  • Se Tienen acceso a la información sobre la situación real de la empresa.
  • Se pueden negociar y llegar a acuerdos o presentar alegaciones ante los ERE o los ERTE.
  • Se defienden los derechos de las personas de la empresa.

Un compromiso importante con las personas trabajadoras

Cuando te presentas como Representante Sindical Domum Sindicato Social está en estrecho contacto contigo para asesorarte y mantenerte informado en materias legales y sociales para que puedas dar respuesta a los problemas de tus compañeros/as

Te ayuda al compromiso mas importante que puede tener un Representante Sindical con sus compañeros/as de trabajo, estar ayudándoles siempre de una forma permanente y cercana en todos los problemas laborales y sociales que van surgiendo en el día a día.

¿Cuantos representantes pueden haber en tu empresa?

La ley marca el número de representantes que puede haber en una empresa y el número de miembros del Comité de empresa dependerá del número de trabajadores, estando entre 1 delegado hasta 75, en base a esta escala.

  • Entre 6 y 10 Trabajadores:  1 Delegado/a, si lo deciden los trabajadores por mayoría.
  • Entre 10 y 29 Trabajadores: 1 Delegado/a.
  • Entre 30 y 49 Trabajadores: 3 Delegados/as.
  • Entre 50 y 100 Trabajadores: 5 Delegados/as.
  • Entre 101 y 250 Trabajadores: 9 Delegados/as.
  • Entre 251 y 500 Trabajadores: 13 Delegados/as.
  • Entre 501 y 750 Trabajadores: 17 Delegados/as.
  • Entre 751 y 1.000 Trabajadores: 21 Delegados/as.
  • + 1.000 Trabajadores: 2 miembros más por cada 1.000 trabajadores, máximo 75.